Rodríguez Tenorio, LuisRodríguez Tenorio, Luis2016-11-032016-11-032012TM D21_Rodhttp://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/1377Nuestra preocupación por la participación de la víctima del delito en el procedimiento penal y en sentido general, la relación entre la víctima y el sistema de justicia penal, es un tema que ha suscitado un destacable interés en los últimos años. Después de varios siglos de exclusión y olvido, la víctima reaparece, en la actualidad, en el escenario de la justicia penal, como una preocupación central de la política criminal. Prueba de este interés resulta la necesidad de investigar y plantear soluciones, tanto en el Perú como en el extranjero, la inclusión del problema en el temario de reuniones científicas; los movimientos u organizaciones que trabajan o bregan por los derechos de las víctimas del delito; y, fundamentalmente, las reformas en el derecho positivo, nacional y comparado, deben girar en tomo a la víctima, su interés y protección. Se debe destacar que se trata de un problema del sistema penal, y, por fin, de los medios de realización que para alcanzar esos fines y cumplir esas tareas pone a su disposición el Derecho Procesal Penal, que en síntesis se trata de un problema político criminal común, al que debe dar solución el sistema en su conjunto. En ese sentido la reparación civil tradicionalmente ha sido vinculada con el proceso civil tendientes al logro de una indemnización y/o resarcimiento económico, esto evidentemente porque se le consideraba como una institución del Derecho civil; sin embargo la tendencia moderna es visualizar a la reparación civil como una modalidad de sanción del delito. Por ello las consecuencias juridicas no se agotan con la imposición de una pena o medida de seguridad al autor del delito, sino que también pueden surgir otras formas de ajusticiamiento de carácter civil reparador a la víctima directa e indirecta por el daño directo y/o reflejo que pudiera sufrir el petjudicado o sujeto pasivo del delito. En ese contexto la realización de un hecho delictivo puede generar tres tipos de consecuencias jurídicas, que son las de carácter estrictamente punitivo conformado por la pena privativa de la libertad y otras penas, luego tenemos las medidas de seguridad y finalmente encontramos las consecuencias de naturaleza civil, la misma que se ejecuta a través de la acción civil con los diversos mecanismos de ejecución, como es la medida cautelar.spainfo:eu-repo/semantics/openAccessActor civilMedidas cautelaresMecanismo de ejecuciónOperador jurídicoRestitución del biénVíctima directa - víctima indirectaProtección de la víctima del delito en el Sistema Penal Peruanoinfo:eu-repo/semantics/masterThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00