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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/2793
Título : “La motivación del presupuesto del peligro procesal en las resoluciones de prisión preventiva en el delito de tráfico ilícito de droga"
Autor : Huaman Fernandez, Evelin
Asesor: Rivera Muñoz, Aldo
Palabras clave : Resoluciones
Motivación
Peligro procesal
Prisión preventiva
Delito
Tráfico
Drogas
Fecha de publicación : 2018
Editorial : Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga
Resumen : En la presente investigación se analizaron las resoluciones de prisión preventiva, expedidas por el Juzgado de Investigación Preparatoria de San Miguel, durante el año 2017, las cuales fueron sometidas al estándar de debida motivación; es decir, se analizó si el presupuesto del peligro procesal fue debidamente motivado en las resoluciones que se expidieron para dictar la prisión preventiva en el delito de tráfico ilícito de drogas bajo el mínimo requerido teniendo en cuenta las actuaciones de la audiencia contenidas a detalle en las resoluciones. Es importante esta investigación toda vez que los Jueces tienen el deber de motivar, dicho deber es de carácter constitucional y legal. Más aún, que la medida coercitiva personal de prisión preventiva restringe uno de los derechos constitucionales más importantes, el cual es la libertad. Dicha libertad solo puede ser privada con la expedición de una resolución debidamente motivada. De la lectura y revisión de las resoluciones se pudo determinar que un porcentaje considerable de ellas no cumplen con la debida motivación de las resoluciones judiciales; es decir, los jueces incumplen su deber constitucional y legal al no fundamentar de manera idónea el peligro procesal en las resoluciones que resuelven la prisión preventiva. Dicha falta de motivación está afectando a los procesados, a quienes se les impuso la medida cautelar de prisión preventiva, los cuales deben de salvar el error mediante una apelación. Pero este camino no debería utilizarse, ya que el juez debe cumplir con su deber constitucional desde el primer instante y no esperar que sea el superior jerárquico quien realice dicho deber. Se evidencia la existencia de una anomalía que es medida a detalle en base a estadística basada en las características de la prisión preventiva y el ordenamiento político y legal que la regula.
URI : http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/2793
Aparece en las colecciones: ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

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