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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/4827
Título : “Los efectos jurídicos de la prohibición de contrainterrogar a coacusados en el delito de tráfico ilícito de drogas - 2017”
Autor : Felices Prado, Milton
Asesor: Rivera Muñoz, Aldo
Palabras clave : Efectos jurídicos
Contrainterrogar
Coacusados
Delito
Tráfico de drogas
Juicio oral
Fecha de publicación : 2019
Editorial : Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga
Resumen : El presente trabajo denominado “Los efectos jurídicos de la prohibición de contra interrogar a coacusados en el delito de tráfico ilícito de drogas - 2017”, tiene como objetivo determinar cuales son los efectos jurídicos de la prohibición de contrainterrogar; en consecuencia, formular preguntas sugestivas a coacusados en el delito de tráfico ilícito de drogas, en el Juzgado Penal Colegiado Ayacucho - 2017. Se busca poner énfasis en el hecho de que, en el nuevo sistema, la declaración de uno de los coacusados no es un “elemento de cargo” de la acusación. Obviamente no se trata de un medio en cuya producción pueda confiar el Ministerio Público, pues siempre es resorte del acusado decidir si declara o no, pero ello no quiere decir que, si uno de los acusados decide utilizar este medio de defensa en juicio, no sea posible extraer elementos de convicción para fundar una eventual condena, incluso respecto de otros acusados. Las personas tenemos derecho a que se nos juzgue únicamente a través de un juicio previo, oral y público, en donde adquiere especial importancia el principio de la contradictoriedad; más no sólo a partir de “elementos de cargo del ente acusador” y más aún en caso de que existan declaraciones incriminatorias por parte de los coacusados. En un juicio oral existen diversas teorías del caso en competencia. Al haber declarado el acusado (quien cuenta también con su propia versión acerca de lo ocurrido), los demás intervinientes tienen la posibilidad de testear o cuestionar la calidad de la información que dicha persona está introduciendo a juicio, básicamente a través de los respectivos contraexámenes. Es cierto que en nuestro sistema la declaración del acusado presenta una serie de inconvenientes y ambigüedades si se le analiza precisamente desde los valores de la contradictoriedad y del derecho a la defensa. Esta es una razón más para preferir modelos interpretativos que den mayor autonomía a las defensas de los acusados acerca del momento y forma de presentar sus declaraciones en juicio, porque precisamente mientras mayor libertad y contradictoriedad exista, mayor será la confianza que podremos depositar en ellas (o más bien en lo que quede de ellas luego de la contradicción). En el desarrollo del presente trabajo se utilizarán paquetes estadísticos, como SPP2; para los cuadros estadísticos, se usó la estadística descriptiva, se realizará la confrontación de la hipótesis, donde se visualizará los efectos jurídicos de la prohibición de contrainterrogar; en consecuencia, formular preguntas sugestivas a coacusados en el Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, en el Juzgado Penal Colegiado de Ayacucho - 2017.
URI : http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/4827
Aparece en las colecciones: ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

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