Skip navigation

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/4832
Título : Inadecuada defensa técnica como causal de recurso de revisión
Autor : Ayala Calle, Willy Pedro
Asesor: Rivera Muñoz, Aldo
Palabras clave : Defensa técnica
Causal
Recurso de revisión
Derecho de defensa
Proceso penal
Fecha de publicación : 2019
Editorial : Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga
Resumen : Este trabajo de investigación tiene su justificación dentro de la realidad procesal penal peruana, por la cual vienen atravesando multiplicidad de sentenciados o condenados que luego de haberse sometido a un proceso penal, han merecido una condena penal por una inadecuada, ineficiente o ineficaz defensa por su parte de su abogado, es decir, que el defensor no cumplió adecuadamente el rol de defender a su patrocinado, al no estar preparado profesionalmente para el reto del nuevo proceso penal, y hacer uso de los diferentes mecanismos procesales que le franquea la ley o que habiendo usado mecanismos procesales, estos resultaron manifiestamente improcedentes, errados o equivocados, en detrimento de su defendido, y como consecuencia de ello fue merecedor a una condena que no le correspondía; considerando que el derecho de defensa tiene protección constitucional y que toda persona debe contar con las garantías y medios procesales necesarios para un debido proceso en sujeción al principio de igualdad de armas. Partiendo de tal justificación, invocamos el problema que se plantea, en el sentido: ¿Es viable o posible proponer un proyecto de ley para que se considere en la norma procesal penal, la causal de inadecuada defensa técnica del sentenciado para que pueda interponer recurso de revisión, ya que actualmente dicha causal no está contemplada en la ley?. Este problema debe responderse a partir de una hipótesis considerando que la defensa tiene que ser efectiva, lo que significa desarrollar una oposición, o respuesta, o antítesis, o contradicción, a la acción penal o a la pretensión punitiva. Si bien no es obligación de la asistencia técnica del imputado fundar pretensiones de su defendido que no aparezcan, a su entender mínimamente visibles, ello no la releva de realizar un estudio serio de las cuestiones eventualmente aptas para ser canalizadas por las vías y mecanismos procesales pertinentes, máxime porque se trata de una obligación que la sociedad puso a su cargo -no puede imputarse al procesado la inoperancia a la que ha sido ajeno- de la institución prevista para asegurar el ejercicio de su derecho constitucional.
URI : http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/4832
Aparece en las colecciones: ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

Ficheros en este ítem:
Fichero Tamaño Formato  
TM D56_Aya.pdf17,09 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir
Mostrar el registro Dublin Core completo del ítem


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons

 

d g g g g