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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/4838
Título : El principio de objetividad en los requerimientos fiscales en los delitos de agresiones en contra de las mujeres
Autor : Arangoitia Arango, Erika
Asesor: Rivera Muñoz, Aldo
Palabras clave : Objetividad
Requerimiento
Acusación
Fiscal
Delito
Violencia de género
Fecha de publicación : 2019
Editorial : Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga
Resumen : El Fiscal es el titular del ejercicio de la acción penal pública, y como tal debe actuar con un criterio objetivo, investigando no sólo a las circunstancias de cargo sino también a las que sirvan de descargo del imputado. Sus requerimientos y solicitudes deberán ser conforme a este criterio, aun a favor del imputado. En ese sentido, el presente trabajo de investigación denominado: “Principio de objetividad en los requerimientos fiscales en los delitos de agresiones en contra de las mujeres”, plantea como objetivo principal determinar en qué medida se aplica el principio de objetividad en los requerimientos fiscales en los delitos de agresiones en contra de las mujeres, en las Fiscalías Penales Corporativas de Huamanga, en el año fiscal 2017 al 2018. La investigación es de tipo mixto (básico + aplicada), es decir descriptivo y explicativo; puesto que se va a fundamentar las razones y a su vez se va justificar y explicar en base a los datos e información relacionados con la aplicación del Principio de Objetividad en las Fiscalías Penales Corporativas de Huamanga, y a fin de resolver el problema se planteó el método hermenéutico, exegético, y el método de la observación. Para la recolección de datos se utilizó la técnica de encuesta a fiscales, jueces y abogados; y la recopilación documental, consistió en extraer los datos de los requerimientos fiscales (acusación y sobreseimiento), y sus carpetas fiscales correspondientes; esto a fin de determinar si el principio de objetividad, se aplica en la decisión del fiscal para acusar o sobreseer. Finalmente, se planteó las conclusiones, siendo una de ellas que la falta de objetividad fiscal y la deficiencia en la investigación son las razones por las cuales no se aplica el principio de objetividad en los requerimientos fiscales en los delitos de agresiones en contra de las mujeres.
URI : http://repositorio.unsch.edu.pe/handle/UNSCH/4838
Aparece en las colecciones: ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

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