ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
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Browsing ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL by Subject "Acción penal"
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Item “La imprescriptibilidad del delito de terrorismo con resultado de muerte”(Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, 2019) Asto Rivas, Wilton Uziel; Rivera Muñoz, AldoObjetivo: Determinar cual es la tendencia en las resoluciones de archivos definitivos y quejas en el delito de terrorismo con resultado de muerte y su incidencia en la imprescriptibilidad en el distrito fiscal de Ayacucho, período 2017-2018. Metodología: El tipo de estudio fue no experimental. El nivel de investigación corresponde a la descripción y explicación de una muestra de 50 resoluciones del Ministerio Público (archivos definitivos y quejas del distrito Fiscal de Ayacucho, expedidas en el período 2017 - 2018). La técnica de recolección de datos fue el análisis documental y el instrumento, la ficha de cotejo de datos. Resultados: En el período 2017 - 2018 las Fiscalías Penales Supraprovinciales del distrito Fiscal de Ayacucho y Huancavelica del total de resoluciones objeto de estudio, 15 fueron archivadas definitivamente por la causal de insuficiencia probatoria el cual representa el 60% y 10 fueron archivadas definitivamente por la causal de la extinción de la acción penal el cual representa el 40%; ninguna de las Fiscalías Penales Supraprovinciales de Ayacucho y Huancavelica Motivaron respecto a la imprescriptibilidad del delito de terrorismo con resultado de muerte; la Primera y Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial de Ayacucho Motivaron respecto a la prescripción en el delito de terrorismo con resultado de muerte en sus resoluciones de archivos definitivos en el período 2017 -2018, del cual 05 corresponden al primero de ellos, el cual representa el 50%; y del mismo modo 05 corresponden al segundo de ellos, el cual representa el 50% del total de resoluciones de archivos definitivos emitidos bajo la causal de prescripción del ejercicio de la acción penal; por su parte la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica con Sede en Ayacucho no motivo respecto a la prescripción del delito de terrorismo con resultado de muerte, el cual representa el 0%; del total de recursos de quejas de derecho objeto de estudio, 03 fueron declarados infundados por la causal de: No existen indicios suficientes o elementos de juicio reveladores de la existencia de un delito el cual representa el 12%; 01 por la causal de: No se puede atribuir al imputado el cual representa el 4%, 01 por la causal de: Atipicidad el cual representa el 4%; y, 20 por la causal de la extinción de la acción penal el cual representa el 80%; ninguna de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales motivó respecto a la imprescriptibilidad del delito de terrorismo con resultado de muerte en sus resoluciones de quejas de derecho en el período 2017 -2018; y, la Primera, Segunda y la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional Motivaron respecto a la prescripción en el delito de terrorismo con resultado de muerte en sus resoluciones de quejas de derecho en el período 2017-2018, del cual 09 corresponde al primero, el cual representa el 45%; 08 corresponde al segundo, el cual representa el 40%; y, 03 corresponde al Tercero del total de resoluciones de quejas de derecho emitidos bajo la causal de prescripción del ejercicio de la acción penal; se determinó que los hechos investigados materia de pronunciamiento de archivos definitivos y quejas de delitos de terrorismo con resultado de muerte oscilan entre 1980 a 1991 (mes de febrero); es decir, bajo la vigencia del Código Penal de 1924. Conclusión: Está comprobado que en las resoluciones de archivos definitivos y quejas del período 2017-2018 no tienden a aplicar la figura de la imprescriptibilidad del delito de terrorismo con resultado de muerte; motivan más bien sobre su prescripción.Item “La naturaleza jurídica de la disposición de archivo fiscal por atipicidad”(Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, 2019) Casafranca Luza, Key Máximo; Rivera Muñoz, AldoCon el presente proyecto de investigación abordaremos el tema acerca de la Naturaleza Jurídica de la Disposición de Archivo Fiscal por Atipicidad una vez que esta queda consentida, es decir cuando la disposición de archivo fiscal durante la calificación de la denuncia o una vez cumplida el plazo de investigación preliminar, se concluya que el hecho denunciado no constituye delito y esta a su vez quede consentida por que no se impugno dentro del plazo previsto o fue confirmada por el superior jerárquico. Teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado refiriendo que cuando el fiscal emite la disposición Fiscal de Archivo calificándola que esta no constituye delito, y esta queda consentida ya sea por no ejercer la queja de derecho para que el superior jerárquico pueda examinarla, o cuando el Superior Jerárquico confirma la disposición del Fiscal de primera instancia, adquiere la calidad de cosa decidida, entendiendo que tiene una naturaleza de inamovilidad e inimpugnable, es decir pareciera que fuera una cosa decidida con los efectos de cosa juzgada; pero si nos vamos a la concepción de cosa decidida, se dice que por doctrina mayoritaria que la cosa decidida tiene una naturaleza administrativa; pero si esta vendría a tener una naturaleza administrativa, la Disposición tendría que ser examinada por el órgano jurisdiccional por tener la calidad de cosa decidida, como es que cuando se agota la vía administrativa el recurrente puede llevar su accionar al órgano jurisdiccional mediante un procedimiento administrativo contencioso. Por otro lado se tiene que la característica que identifica al Ministerio Público es de ejercitar la acción penal, esclareciendo los hechos materia de investigación mas no es un juzgador que ponga fin a la investigación y esta pueda determinarse en inimpugnable, el cual no cumpliría con lo afirmado por el Tribunal Constitucional, es por ello la presente investigación que trata de encontrar a que naturaleza jurídica pertenece las disposiciones de archivo fiscal por atipicidad, para lo cual se tendrá en cuenta lo que la constitución política tiene facultado para el ministerio público (Autónomo, defensor de la legalidad, ejercitar la acción penal y otros), el código procesal penal que atribuciones les otorgo, los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional del Perú, como también se analizará las carpetas fiscales durante el ejercicio del año 2018, en la primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamanga y las respectivas encuestas a los Fiscales Provinciales de las fiscales corporativas en materia penal.