La atribución de responsabilidad penal al titular de la cuenta receptora frente a la intervención de sujetos no identificados en el delito de fraude informático en el distrito judicial de Ayacucho, 2022-2024.

Loading...
Thumbnail Image

Date

Journal Title

Journal ISSN

Volume Title

Publisher

Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga

DOI

Abstract

La investigación tuvo como objetivo analizar la forma en que los órganos jurisdiccionales penales del distrito judicial de Ayacucho atribuyeron responsabilidad penal al titular de la cuenta receptora del dinero fraudulentamente transferido, frente a la intervención de sujetos no identificados en la manipulación del sistema informático, durante el periodo 2022-2024. El estudio se desarrolló desde un enfoque cualitativo, de tipo básico, nivel descriptivo-interpretativo y diseño de estudio de casos múltiples. La muestra fue seleccionada intencionalmente y estuvo conformada por cinco sentencias emitidas por juzgados penales unipersonales de Ayacucho y nueve participantes: tres jueces penales, tres fiscales penales, dos abogados penalistas y un perito informático forense. Se emplearon el análisis documental y la entrevista semiestructurada como técnicas de recolección de información, mediante una ficha de análisis documental y una guía de entrevista. La información fue organizada mediante tres categorías apriorísticas y una subcategoría emergente, y se aplicó la triangulación de fuentes, técnicas y perfiles profesionales. Los resultados evidenciaron que la titularidad formal de la cuenta y la recepción del dinero constituyeron únicamente elementos de vinculación inicial, pero no demostraron por sí solas el conocimiento ni la voluntad del titular de participar en el fraude informático. El elemento probatorio de mayor fuerza fue el acto de disposición personalmente atribuible, valorado conjuntamente con el control efectivo de la cuenta, la proximidad temporal, el aprovechamiento de los fondos y el contraste de las hipótesis alternativas. En los procesos contradictorios, la falta de individualización de la persona que efectuó el retiro y la ausencia de evidencia técnica mantuvieron la duda razonable y determinaron la absolución. En cambio, la acreditación de retiros presenciales mediante tarjeta y clave, junto con el descarte razonado de la pérdida alegada, sustentó la condena. Se concluyó que la intervención de sujetos no identificados no excluye la responsabilidad penal del titular de la cuenta receptora, pero incrementa la exigencia de individualización, corroboración y motivación. En consecuencia, la responsabilidad penal no puede presumirse a partir de la sola trazabilidad financiera, sino que requiere la acreditación de hechos adicionales que demuestren el aporte consciente del titular y una motivación que explique por qué dichos hechos resultan más compatibles con la participación dolosa que con la utilización no autorizada de la cuenta.

Description

Citation

Endorsement

Review

Supplemented By

Referenced By

Creative Commons license

Except where otherwise noted, this item's license is described as https://purl.org/coar/access_right/c_abf2