Coautoría y complicidad en el delito de robo agravado en los procesos penales de la primera sala penal de Ayacucho durante los años 2020

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Date
2024
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Publisher
Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga
Abstract
La presente tesis tiene por objeto delimitar de manera precisa la Coautoría y Complicidad específicamente en el delito de Robo. A lo largo de la historia la autoría y participe ha sido un tema de constante estudio, estudiado bajo tres conceptos: 1) “concepto extensivo de autor, concepto unitario de autor, y concepto restrictivo de autor”; bajo estos tres teorías o conceptos se ha tratado de diferenciar la autoría y el participe, pero sin embargo, la teoría que ha tenido mayor aceptación por nuestra legislación peruana es la teoría del dominio del hecho, en donde el principal difusor es el profesor Claus Roxin quien manifiesta que la autoría se manifiesta en tres modalidades 1) En lo que respecta al control sobre la acción propia habitual, se refiere a lo que ocurre cuando una persona comete el delito por su propia iniciativa, 2) En el contexto de la intención de otra persona que lleva a cabo la acción habitual, se trata de situaciones en las que el delito se lleva a cabo utilizando a otra persona como medio, ya sea porque la persona que está detrás ejerce control sobre la voluntad mediante coerción, se aprovecha de un error ajeno, la incapacidad del ejecutor o utiliza una estructura de poder organizada, entre otras razones. 3) En un control funcional del hecho, se refiere a aquellos casos en los que la infracción se comete de manera conjunta. Así mismo respecto a La coautoría se refiere a la comisión de un delito por varias personas que actúan juntas, dividiendo el trabajo y basándose en un plan común, como se ha establecido de manera tradicional y frecuente en la doctrina y en el ámbito de la justicia penal. La complicidad primaria se refiere a aquella persona que, aunque no es autora del delito, contribuye a la realización de un acto delictivo mediante acciones previas o simultáneas, es el individuo que tiene una participación determinante para la realización del hecho ilícito. En cambio, el cómplice secundario es el individuo que no tiene una participación determinante en la realización del hecho ilícito. El robo agravado, según lo establecido en el artículo 189 del código penal, se define como la acción en la que una persona utiliza violencia o amenazas contra la víctima para sustraer un bien mueble, ya sea total o parcialmente ajeno, apoderándose de él de manera ilegítima, y en la que se presentan algunas o varias de las circunstancias agravantes expresamente contempladas en nuestro código penal.
Description
Keywords
Coautoría, Complicidad, Delito, Robo agravado, Procesos penales
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